El pasado 20 de marzo, el COAM remitió una carta a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pinto, tras el análisis de la documentación del expediente, en la que comunicaba las deficiencias detectadas en los pliegos para que procedieran a su subsanación.
Ante la no suspensión y nueva convocatoria del concurso, el COAM interpuso recurso ante el TACP 4 de abril, argumentando un único motivo, advertir del incumplimiento del art. 184.3 de la Ley de Contratos del Sector Público al observar en las bases como criterio de adjudicación, la valoración de la oferta económica a presentar por los concursantes.
Con fecha 8 de abril, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pinto ha decidido suspender dicho procedimiento.
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