a) Normativas
REGLAMENTOS VIGENTES
> Ley de ejercicio profesional de la Arquitectura
> Reglamento general a la Ley del Ejercicio profesional de la Arquitectura
> Reglamento Nacional de Aranceles
> Reglamento de Concursos de Arquitectura y Diseño urbano
> Código de Ética Profesional
> Estatutos del Colegio de Arquitectos
> Guías Prácticas de Diseño y de Conformidad
> Bomberos. Normas de prevención contra Incendios
> Leyes Relacionadas
> Arquitectura, Ordenanzas y Resoluciones
> Ingenierías. Norma Ecuatoriana de la Construcción – Seguridad Estructural
b) Modelos de contratos
Fuente: ICEX. Mercado de Trabajo
CONTRATOS
La mayoría de las relaciones empleado/empleador están regidas por el Código de Trabajo Ecuatoriano. Las condiciones laborales específicas y los términos de empleo se establecen a través de contratos individuales y colectivos. El empleador debe pagar una parte de las aportaciones a la Seguridad Social (11,15%); la otra parte se le descuenta al empleado directamente de la nómina (9,45%).
Los tipos de de Contratos de Trabajo pueden ser:
– El contrato de tiempo fijo
– El contrato por tiempo indefinido
– El contrato de temporada
– El contrato eventual
– El contrato ocasional
– El contrato de jornada parcial
Cualquier trabajador desplazado a Ecuador tendrá los mismos derechos que establece la Constitución para los trabajadores ecuatorianos: se garantizará su trato igual que al resto de trabajadores, tendrá derecho a afiliación a la Seguridad Social, y a todos los beneficios laborales que garantiza la ley. Es necesaria la obtención de un visado de trabajo.
SEGURIDAD SOCIAL
El Convenio Bilateral entre España y Ecuador se aplica a los españoles y ecuatorianos que trabajen o hayan trabajado en uno o en ambos países y a sus familiares y derechohabientes. Como norma general, los trabajadores desplazados están sometidos a la legislación de Seguridad Social del país en cuyo territorio están ejerciendo su actividad laboral.
Todos los empleadores y empleados deben cotizar al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), cuyo aporte mensual –para empleados privados- es del 20,60% de la nómina: 11,15% a cargo de del patrono y 9,45% aporta el propio trabajador
CONTRATACIÓN PÚBLICA
> Guía informativa sobre contratación pública en Ecuador 2016
Guía informativa sobre contratación pública en Ecuador a 2016. En el documento se detalla el funcionamiento de la contratación pública en el país, así como el estado de las inversiones extranjeras en el mismo. También se analizan los incentivos a las inversiones.
Ver documento
La contratación pública en Ecuador se regula a través de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y se administra a través del Servicio Nacional de Contratación Pública o SERCOP. Este ente gestiona todos los procesos de contratación pública para que se adecúen a la ley y sirve como unión entre los entes públicos y privados. Todo proceso de contratación pública tiene unos pasos definidos dependiendo del tipo de procedimiento, que dependerá del objeto del proceso y el monto del contrato. Además el SERCOP y la Ley de Régimen Tributario regulan el funcionamiento de los consorcios, figura muy utilizada por las empresas extranjeras a la hora de contratar con las instituciones ecuatorianas.
CONCURSOS DE ARQUITECTURA
La información relativa a los concursos se puede consultar en el Reglamento de Concursos de Arquitectura y Diseño urbano expedida por el Directorio Ejecutivo Nacional del Colegio de Arquitectos del Ecuador:
ART 1.- Naturaleza:
El concurso de arquitectura y/o diseño urbano es el procedimiento mediante el cual cualquier persona natural o jurídica, privada o pública previa convocatoria, en igualdad de condiciones y garantizando el anonimato, selecciona un arquitecto o equipo de arquitectos interesados en elaborar diseños, planos, anteproyectos, proyectos y diseños urbanos. Las Instituciones públicas, estarán obligadas a realizar concurso cuando no dispongan de los correspondientes departamentos de diseño arquitectónico y/o urbano.
c) Convenios fiscales
> Instrumento de Ratificación del Convenio entre España y Ecuador para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscan en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio, firmado en Quito el 20 de mayo de 1991. (BOE, 05-mayo-1993)
Fuente: ICEX. Régimen Fiscal
Estructura general del sistema fiscal
Una compañía es considerada residente en el Ecuador, y por lo tanto sujeta a tributación, cuando la compañía ha sido establecida y tiene su base principal en Ecuador, y su estatuto de constitución está en conformidad con las leyes ecuatorianas que regulan las corporaciones. Las compañías extranjeras pagan impuestos únicamente sobre sus ingresos provenientes de fuentes ecuatorianas, o sobre existencias o activos mantenidos en el país.
Como parte de su esquema de recaudación tributaria, el gobierno ecuatoriano ha instrumentado un mecanismo basado en las retenciones en la fuente. Esta disposición legal obliga a todas las personas jurídicas y naturales (excepto a aquellas que no están obligadas a llevar contabilidad) a actuar como agentes de retención por servicios y actividades realizadas en Ecuador.
d) Sueldos y tarifas de honorarios
Fuente: ICEX. Mercado de Trabajo
SALARIOS
El salario mínimo fue de 292 USD en 2012, en 2013 de 318 USD, en 2014 de 340 USD y en 2015 de 354 USD. Para el 2016 se aprobó un incremento del 3,4% situándose en 366 USD. Sin embargo, con las pagas adicionales (decimotercer sueldo en Navidad y decimocuarto sueldo en agosto), el salario mínimo se aproxima a los 400 USD. Aunque sumado los aportes y fondo de reserva obligatorios por parte del empleador a la seguridad social, el costo real de la mano de obra supera los USD 500.
En cuanto a la participación de beneficios, las empresas están obligadas a repartir entre sus empleados el 15% de beneficios antes de impuestos. Como ejemplos de salarios, el salario que recibiría un operario sin cualificación: 366 USD/mes (el mínimo vital); salario medio para una secretaría bilingüe: 800 USD/mes; salario medio para un técnico: 750 USD/mes.
Fuente: Reglamento Nacional de Aranceles
El Directorio Ejecutivo del Colegio de Arquitectos del Ecuador resuelve:
Expedir la siguiente Codificación del Reglamento Nacional de Aranceles que regula los honorarios mínimos que deben percibir los arquitectos afiliados o no, por los servicios profesionales que prestan.
1. ÁMBITO DE APLICACIÓN
– El presente Arancel fija los Honorarios mínimos que deben percibir los Arquitectos por el Ejercicio de su profesión, el mismo que es obligatorio para todos los arquitectos, sea o no afiliado a algún Colegio Provincial.
– El Arquitecto puede demandar una mayoración del Honorario Mínimo, de acuerdo a las circunstancias especiales del trabajo profesional a él encomendado.
– El Arquitecto procurará suministrar diseños cuyos costos sean compatibles con el destino de la obra.
– El Arquitecto en las distintas actuaciones profesionales observará estrictamente las Leyes de la República, Ordenanzas Municipales y más disposiciones seccionales o locales que fueran aplicables a aquellas, garantizando con ello que su trabajo sea aprobado por los organismos competentes.
– Los trabajos producidos por el Arquitecto, son de propiedad intelectual del mismo y están garantizados por la Ley de Propiedad Intelectual; por ende, tiene derecho a exhibir su nombre en cualquier documento, planos u obra en construcción, de su autoría, sin que el propietario o comitente de los mismos puedan esconderlo o eliminarlo.
> Ver Reglamento Nacional de Aranceles
e) Fases de proyecto
Fuente: Reglamento Nacional de Aranceles
2. ACTIVIDADES O FORMAS DEL EJERCICIO PROFESIONAL
Las actividades o formas del Ejercicio Profesional del Arquitecto, objeto del presente Arancel, se las clasifican en los siguientes grupos:
2.1.- Estudios Preliminares o de Pre Factibilidad.
2.2.- Diseño y Proyectos.
2.3.- Dirección Arquitectónica.
2.4.- Construcción.
2.5.- Fiscalización.
2.6.- Actividades Profesionales diversas no comprendidas en los numerales anteriores.
2.7.- En relación de dependencia.
2.8.- Actuación en Concursos.
GRUPO 1.- ESTUDIOS PRELIMINARES O DE PRE FACTIBILIDAD
Son formas de trabajo que se refieren a la Prestación de Servicios Profesionales tendientes a solucionar temas relacionados con la Arquitectura y el Urbanismo, en los niveles de la investigación, análisis, diagnóstico, propuestas, prefactibilidad, factibilidad y otros.
GRUPO 2.- DISEÑOS Y PROYECTOS
Son las propuestas gráficas y escritas, destinadas a crear los espacios adecuados, para el cumplimiento de actividades específicas del hombre o de una colectividad, en los siguientes ámbitos:
– Urbanismo de Obra Nueva,
– Arquitectura de Obra Nueva,
– Urbanismo y Arquitectura de Obra Existente, Diseño Interior, y
– Otros campos inherentes a su formación académica.
Cuyas fases son las siguientes:
a) Estudios Preliminares o de Prefactibilidad: Destinada a definir la programación del Diseño, tomando en cuenta las necesidades funcionales, técnicas, formales, físicas, socioeconómicas, culturales del medio y del usuario.
b) Anteproyecto: En la que se expresan, de manera gráfica y escrita, los aspectos fundamentales y las características generales del Diseño: Funcionales, técnico-constructivas, formales y económicas, con el objeto de proporcionar una primera imagen global del mismo, comprensible para el cliente, mediante dibujos en proyección horizontal, vertical y tridimensional. Por ser un Diseño previo, no implica la aprobación definitiva o Construcción de la obra.
c) Proyecto Definitivo: Fase del trabajo en la que se define de modo preciso y definitivo las características de la obra a construirse, mediante el desarrollo del anteproyecto, a través del o los planos generales, dimensionados en proyección horizontal y vertical, en cantidad y calidad suficientes, según el proyecto, que permitan una correcta interpretación y ejecución de la obra para el profesional Constructor o empresa constructora.
d) Detalles Constructivos: Que comprende todos aquellos elementos gráficos de las partes de la obra dibujados en escala ampliada, acotados y referidos a los detalles constructivos necesarios para una mayor y mejor interpretación de los planos generales.
e) Memoria Técnica y Especificaciones Constructivas: Comprende el o los documentos escritos que contienen las normas técnicas sobre el proceso constructivo, especificando el tipo y calidad de los materiales, para una mejor interpretación de los planos definitivos y detalles para la correcta ejecución de la construcción de la obra.
f) Presupuesto: Es el documento que contiene el presupuesto por rubros generales de la obra, con la indicación de los volúmenes, superficies y cantidades, debidamente justificados con memoria o gráficos, con los respectivos precios unitarios de cada uno de ellos y los costos parciales y totales, directos o indirectos, que permitan tener un costo o presupuesto referencial de la obra. En caso de que las condiciones contractuales así lo exijan se realizará el análisis de precios unitarios, trabajo que tendrá un honorario adicional.
GRUPO 3.- DIRECCIÓN ARQUITECTÓNICA
Consiste en la actividad que realiza el Arquitecto durante la construcción, coordinando con el equipo técnico y administrativo, en la interpretación correcta de los planos, cuidando que los mismos se ejecuten de acuerdo con los diseños suministrados para la construcción de la obra, estableciendo y autorizando, de ser el caso, las modificaciones que se presenten en la misma.
GRUPO 4.- CONSTRUCCIÓN
Es la ejecución de la obra, realización o construcción de un proyecto, en las distintas actividades estipuladas en el grupo 2, pudiendo desarrollarse en los siguientes ámbitos:
– Obra Nueva (incluyendo ampliación)
– Obra Existente (ampliación, remodelación, restauración, rehabilitación y otras intervenciones similares).
La actividad de la construcción podrá ser desarrollada por el Arquitecto bajo las siguientes modalidades:
a) Dirección Técnica: Es la prestación de servicios profesionales que responsabiliza al Arquitecto del aspecto exclusivamente técnico-constructivo, dando cumplimiento a las normas de construcción, planos, especificaciones técnicas, calidad de materiales optimizando el proceso constructivo. El Arquitecto está facultado a realizar esta actividad; aunque no sea el autor de los planos, en todas y cada una de las etapas de una construcción.
b) Administración de Construcción: Es la prestación de servicios profesionales que responsabiliza al Arquitecto a optimizar la organización y control económico en el proceso de construcción de la obra.
GRUPO 5.- FISCALIZACIÓN
Es el trabajo que realiza el Arquitecto de vigilancia y control al proceso de ejecución del objeto del contrato, tanto de su calidad, cantidad, tiempos y costos.
GRUPO 6.- ACTIVIDADES PROFESIONALES DIVERSAS
a) Consultas en la oficina: Es la acción de emitir verbalmente o por escrito un criterio o dictamen en las distintas actividades del ejercicio profesional.
b) Avalúos: Es la actividad que realiza el Arquitecto para establecer el precio o costo de una obra u objeto, considerando aspectos cuantitativos y cualitativos.
c) Peritajes: Es la responsabilidad que asume el Arquitecto para emitir un informe técnico en su especialización, para ventilar un litigio sobre la calidad y costo reales de una determinada obra u objeto.
d) Levantamiento planimétrico: Consiste en determinar las medidas, superficie y características generales de un predio, inmuebles o construcción, para establecer su calidad y precio.
e) Exámenes e informes de planos y documentos técnicos: Es el análisis sobre documentos técnicos existentes, ya elaborados, sobre cuya calidad y costo se quiere tener un criterio.
f) Asesoría y Evaluación de Proyectos: Consiste en el aporte técnico que brinda el profesional a un cliente, otro profesional o institución, sobre un tema de su especialización, para lograr optimizar los resultados de un determinado proyecto.
g) Programación: Preparación y ordenamiento del proceso de una actividad en función de los recursos económicos, técnicos y de tiempo.
h) Presupuesto: Determinación de cantidades y costos de una obra a construirse, para obtener el precio total de la misma.
i) Análisis de precios unitarios: Es el desglose de los precios de cada uno de los rubros de un presupuesto de construcción, considerando, entre otros, los componentes de materiales, mano de obra, insumos, instrumentos equipos, costos directos e indirectos.
GRUPO 7.- EJERCICIO PROFESIONAL EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA
Es la prestación de servicios profesionales de un Arquitecto que recibe un sueldo o remuneración en relación de dependencia de una institución pública, privada o docente.
GRUPO 8.- ACTUACIÓN DEL ARQUITECTO EN CONCURSOS
Es la actividad como concursante, jurado, asesor o consultor que realiza el Arquitecto durante el proceso de un Concurso, auspiciado por el CAE o por cualesquier entidad pública o privada.
f) Informe económico, Planes de inversión
> Informe económico y comercial. Ecuador 2019
Informe económico y comercial sobre Ecuador que proporciona datos sobre su situación política-económica, relaciones bilaterales, acuerdos comerciales, relaciones multilaterales y oportunidades de negocio para la empresa española.
Ver documento
> Directorio de empresas españolas establecidas en Ecuador
Este documento contiene los principales datos (no de carácter personal o confidencial) de las empresas españolas que han abordado cualquier tipo de proyecto de inversión en Ecuador y que, según los datos del Instituto Español de Comercio Exterior, están establecidas en ese país actualmente.
Ver documento
g) Otros
> Ficha país. Ecuador 2019
Las fichas país editadas por ICEX son un instrumento informativo de gran utilidad a la hora de plantearse una primera aproximación a las ventajas, riesgos y oportunidades de inversión o negocio en cada país. Cada ficha, realizada con la colaboración de la correspondiente Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España, resume los indicadores básicos del país, desvela cuáles son las principales oportunidades del mercado, y ofrece los datos más recientes de su comercio exterior con el resto del mundo así como de sus relaciones bilaterales con España. Además, la ficha incluye información sobre la evolución del tipo de cambio de la divisa del país, y direcciones de interés.
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> Guía informativa sobre contratación pública en Ecuador 2016
Guía informativa sobre contratación pública en Ecuador a 2016. En el documento se detalla el funcionamiento de la contratación pública en el país, así como el estado de las inversiones extranjeras en el mismo. También se analizan los incentivos a las inversiones.
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> Reconocimiento de la normativa y reglamentación técnica de la UE por Ecuador 2014
Documento que recoge el acuerdo 14241 en el que se reconoce como equivalentes la normativa y reglamentación técnica de la Unión Europea y sus países miembros.
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