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Protocolo de Condiciones de Protección del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural

Decreto AGLA de 31 de marzo de 2011.
BOAM: 28/04/2011
Protocolo declarado sin efecto, por el Acuerdo de 1 de julio de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se declara que han quedado sin efecto noventa acuerdos, decretos y resoluciones del Ayuntamiento de Madrid. (BOAM: 05/07/2021)

Por su fecha y por las condiciones de su emisión este protocolo debería considerarse exclusivamente a título orientativo. 
 
“El objeto del presente protocolo es definir la forma y condiciones en que se ha de llevar a cabo la intervención en edificios, conjuntos históricos y ámbitos con algún tipo de protección derivada de sus especiales características, por formar parte del patrimonio histórico, artístico o cultural de la ciudad de Madrid.”
 

Incluye un resumen sobre la protección de los espacios y conjuntos (pág. 9 y ss.), la protección arqueológica y paleontológica (págs. 9 y 10), los conjuntos urbanos protegidos (pág. 10 y ss.), APE 00.01 (págs. 12 y 13), los cascos históricos periféricos (págs. 13 y 14), los conjuntos homogéneos (pág. 14); sobre los catálogos del PGOUM 97 (págs. 14 a 21); sobre el procedimiento de tramitación(págs. 22 y ss.); y sobre la intervención de la Comisión Local y de la CPPHAN (págs. 27 y ss.). En anexos incorpora dos documentos de control: una tabla de actuaciones en edificios protegidos que podrían tramitarse por Procedimiento Ordinario Abreviado y una ficha de datos para edificios protegidos.
 

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