Acreditación como técnico competetente para redactar Certificados de Eficiencia Energética

Fecha: 23/07/2026

El Real Decreto 659/2025, de 22 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, ha entrado en vigor el 23 de julio de 2026.

El cambio más significativo, es la ampliación del listado de técnicos competentes para elaborar Certificados de Eficiencia Energética (CEE).

La normativa establece 4 vías para poder acceder a la actividad  de técnico competente. La titulación de arquitecto está incluida dentro de la vía de acceso nº 1, no requiriendo requisitos formales adicionales y estando capacitados para redactar todo tipo de CEE.

Además, el Real Decreto establece que será obligatorio estar acreditado como técnico competente para poder suscribir  CEE.

La acreditación se obtiene presentando una declaración responsable ante el órgano competente de la comunidad autónoma del domicilio fiscal, antes de iniciar la actividad. Habilita para ejercer en todo el territorio nacional y no tiene fecha de caducidad.

Aquellos profesionales que tengan domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana, Comunidad de Madrid o País Vasco cuentan con un procedimiento autonómico propio.

Para el resto, la acreditación como Técnico Competente puede realizarse a través del procedimiento en Sede Electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Mas información: www.miteco.gob.es

>Acceso al registro de técnico competente de la Comunidad de Madrid

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