La Ley de Calidad de la Arquitectura, en cuyo desarrollo ha participado de forma activa el Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) y en estrecha colaboración con la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, establece el interés general de la arquitectura para el bien común.
Esta normativa establece el marco jurídico para la defensa del interés general de la disciplina y la sostenibilidad de las actuaciones en los procedimientos de contratación pública, e incluye la creación de dos nuevos órganos para orientar la actuación de los poderes en la consecución de sus objetivos: la Casa de la Arquitectura y el Consejo de Calidad de la Arquitectura. El primero de ellos, entre otros fines, busca acercar los valores de la arquitectura a la sociedad; mientras que el segundo se constituirá como una plataforma de intercambio de conocimiento y de participación, así como de consulta y asesoramiento en las materias relacionadas con los contenidos de esta Ley.
Aunque ya existían normas autonómicas específicas como las de Extremadura y Cataluña, o la reciente declaración del Parlamento Andaluz de reconocimiento de la Arquitectura como Bien de Interés General, con la entrada en vigor del texto, las bases y criterios para la defensa del interés general de la Arquitectura, a través de la calidad del entorno construido, se extienden ahora, de forma generalizada, al conjunto del país.
La Ley de Calidad de la Arquitectura se incluye en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y se alinea con iniciativas europeas que pretenden conservar el patrimonio cultural de Europa.
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