Tratamiento fiscal de los rendimientos de los socios de sociedades profesionales

Fecha: 08/30/2025 11:15 am

En la nota a la que se puede acceder en el enlace, se ofrece el estado de una cuestión que esta Asesoría considera oportuno informar ante la inminencia de la declaración del IVA correspondiente al primer trimestre del año 2015. Y sin perjuicio de lo que más adelante pueda concretarse, una vez que se disponga de posteriores pronunciamientos, la recomendación que se considera más razonable en el momento presente es: (i) que los socios profesionales que vengan facturando a su sociedad con IVA, de momento, lo continúen haciendo así, mientras que (ii) aquellos que no facturan con IVA,  por entender que no tienen con su sociedad estatus de profesional independiente, que continúen igual.

En la nota a la que se puede acceder en el enlace, se ofrece el estado de una cuestión que esta Asesoría considera oportuno informar ante la inminencia de la declaración del IVA correspondiente al primer trimestre del año 2015. Y sin perjuicio de lo que más adelante pueda concretarse, una vez que se disponga de posteriores pronunciamientos, la recomendación que se considera más razonable en el momento presente es: (i) que los socios profesionales que vengan facturando a su sociedad con IVA, de momento, lo continúen haciendo así, mientras que (ii) aquellos que no facturan con IVA,  por entender que no tienen con su sociedad estatus de profesional independiente, que continúen igual.

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