En el escrito remitido por el Colegio el pasado 5 de diciembre, el COAM explica que en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se ha observado en el apartado 14) MEDIOS MATERIALES Y PERSONALES MÍNIMOS la exigencia de un número mínimo de años de colegiación (8 años) haciendo referencia al art. 76 de la LCSP. Esta exigencia no solo excede lo determinado en dicho artículo, sino que puede interpretarse que lo vulnera, al igual que a la Ley de Defensa de la Competencia al exigir condiciones limitantes de la participación, generando una clara discriminación. Asimismo, en relación al plazo de presentación el COAM entiende que 15 días para preparar una propuesta con estas características, aunque pueda entenderse legal en los términos de la LCSP, no es la mejor condición para garantizar una ordenación y edificio público de calidad, el cual tendrá un impacto importante tanto social como paisajísticamente.
Con fecha 12 de diciembre, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Leganés ha decidido suspender dicho procedimiento para para corrección del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP).
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