Se establecen tres plazos para la presentación de las solicitudes de la subvención:
- del 22 de julio al 14 de agosto de 2017
- del 16 de agosto al 30 de septiembre de 2017
- del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2017
Los beneficiarios deberán iniciar las actuaciones subvencionadas, en el plazo máximo de 2 meses desde la notificación de la concesión definitiva de la subvención.
El plazo máximo para la ejecución de las actuaciones subvencionables será el indicado en la resolución de concesión, estableciéndose un máximo de doce meses, debiendo en todo caso estar terminadas como máximo el 31 de julio de 2019.
Las solicitudes presentadas al amparo de la Convocatoria 2016 y que fueron desestimadas por agotamiento presupuestario, podrán volver a ser presentadas en el marco de la Convocatoria 2017, desde el 22 de julio de 2017 al 14 de agosto de 2017.
El COAM cuenta desde julio de 2016 con una Oficina de Rehabilitación, que bajo la dirección de los arquitectos del CAT, informa a colegiados con servicios y comunidades de propietarios sobre las ayudas a la rehabilitación, tanto municipales como autonómicas.
Preguntas del tipo “¿Qué actuaciones son subvencionables?, ¿Quiénes pueden ser beneficiarios de las ayudas? ¿Cuál es el plazo de solicitud?, ¿A cuánto asciende la cuantía de la subvención?, ¿Qué documentación hay que presentar?” etc... se resuelven desde la Oficina.
Los colegiados con servicios (+COAM) pueden formular sus consultas:
- Por correo electrónico en la dirección oficinarehabilitacion@coam.org, y serán respondidos preferentemente por vía telefónica.
- Presencialmente, previa petición de cita a través de la dirección oficinarehabilitacion@coam.org
Las comunidades de propietarios pueden informarse los jueves en horario de 12:00 a 14:00h.:
- Presencialmente, sin necesidad de cita previa
- Telefónicamente, llamando al 91 595 15 61