Estimados compañeros,
Desde el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid queremos manifestar nuestro malestar por el artículo publicado en El Confidencial, el pasado 11 de mayo, titulado "El negocio energético de los arquitectos: 45 millones por un certificado de 10 minutos".
Creemos que el titular, y las inexactitudes que contiene el artículo, generan confusión ente los lectores y afectan al honor y buen hacer de todos los arquitectos y profesionales que realizan certificados de eficiencia energética.
Por ello, en primer lugar, nos gustaría aclarar que, para redactar el informe correspondiente al certificado de eficiencia energética de una vivienda o edificio, es necesario que el técnico se desplace al inmueble, realice la toma de datos, proceda al levantamiento de planos (si no los aporta la propiedad), realice un reportaje? fotográfico?, cumplimente el informe de 13 páginas y lo registre telemáticamente en la Dirección General de Energía, Industria y Minas de la Comunidad de Madrid.
Por consiguiente, consideramos muy improbable que se tarde tan sólo 10 minutos en realizar un informe de certificación de eficiencia energética, que además incluye un apartado de recomendaciones a aplicar por la propiedad para reducir sus emisiones y hacerlo más eficiente.
En segundo lugar, durante el texto, se hace referencia a “arquitecto certificador” o “técnicos certificadores” y debemos señalar que no existe ningún título académico o formativo que valide estas dos figuras, ya que los técnicos competentes para emitir informes de certificación energética son los arquitectos y arquitectos técnicos, pero también los ingenieros e ingenieros técnicos.
En relación a la normativa que se menciona, queremos puntualizar que esta se aplica a edificios de nueva construcción, y a los edificios o partes de edificios aislados existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor. Además, define edificio como “una construcción techada con paredes en la que se emplea energía para acondicionar el ambiente interior, puede referirse a un edificio en su conjunto o a partes del mismo que hayan sido diseñadas o modificadas para ser utilizadas por separado”.
Por lo tanto, la normativa no hace referencia en ningún momento a un uso concreto, ya sea este residencial, comercial o de cualquier tipo.
Por último, queremos transmitir que el compromiso del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid con la eficiencia energética de los edificios de nuestras ciudades es indiscutible. Los efectos del cambio climático, derivados de las emisiones de gases contaminantes, se pueden reducir si los edificios y sus usos, sean del tipo que sean, son menos contaminantes y más eficientes.
Esto puede mejorar la calidad de vida de quienes habitan la ?ciudad, mejorando también la calidad del aire de la misma y la salud pública en general. Por lo que consideramos que la labor de los técnicos que emiten certificados de eficiencia energética es fundamental e irrenunciable, máxime cuando se ejerce con el enorme saber experto y profesionalidad como la de los colegiados del COAM y del resto de técnicos.
Atentamente,
La Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid
El Consejo Superior de los Arquitectos de España también ha respondido:
23 de mayo de 2017
El pasado viernes 11 de mayo de 2018, el periódico digital “El Confidencial” publicó un artículo titulado ‘El negocio energético de los arquitectos: 45 millones por un certificado de 10 minutos’ sobre la obligatoriedad de la emisión de certificados energéticos de edificios y su elaboración y suscripción por parte de un arquitecto ante el que desde el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos queremos hacer público nuestro rechazo y desacuerdo.
En primer lugar, y atendiendo al interés general, tanto una progresiva conciencia colectiva como las obligaciones contraídas internacionalmente por España hacen absolutamente necesario el combatir el cambio climático y abandonar el uso de combustibles fósiles no renovables reduciendo drásticamente el consumo energético. Los edificios son responsables del 35% - 40 % del consumo energético. Solo una importantísima reducción de dicho consumo nos permitiría alcanzar los objetivos de ahorro y transición energética establecidos.
España dispone de muy pocos instrumentos jurídicos, económicos, fiscales y normativos para impulsar dicha transformación.
En ese escenario, el certificado energético de los edificios es un instrumento para ofrecer información a los consumidores que les permita conocer el comportamiento energético de sus viviendas y ayudarles a conseguir mayor bienestar con menor consumo de energía, lo que repercute en la reducción de las emisiones de CO2 y otros gases contaminantes y en la mejora y protección del medio ambiente.
El certificado de eficiencia energética es un documento que deriva de la obligatoria transposición de la Directiva Europea de Eficiencia Energética de los edificios al ámbito normativo de nuestro país. El certificado energético es un documento que contiene una información precisa y práctica sobre el edificio al que se refiere y que puede resultar de gran utilidad para mejorar el confort y la habitabilidad de las viviendas. Permite conocer la demanda y el consumo de las instalaciones y las emisiones de C02 a la atmósfera...
La obtención de un certificado no se reduce a la cumplimentación de un formulario en 10 minutos, como hace ver el autor del artículo, sino que requiere la aplicación de un conocimiento específico y una comprensión global del edificio. Los arquitectos son profesionales con una formación técnica adecuada para analizar y valorar el comportamiento energético de los edificios dentro de una visión integral, incluyendo las instalaciones, envolvente, elementos pasivos y cualquier factor que influya en la eficiencia energética de una vivienda. Todo este conocimiento permite a los arquitectos completar adecuadamente el certificado de eficiencia energética de cualquier edificio. Para ello es necesario un desplazamiento para la toma de datos previa, antes de la elaboración del documento.
El autor del texto da a entender que el certificado no es más que un mero trámite por el que pagar 90 euros, sin entender el valor que representa la información que contiene. Nadie pone en duda, a la hora de comprar un electrodoméstico, el valor de conocer si se va a adquirir un A++ o un B. ¿Por qué en las viviendas se cuestiona el mismo tipo de información? Esta publicación, en la que ni el titular ni el contenido se ajustan a la realidad, tiene una redacción tendenciosa, sin contraste con la realidad y sin fundamento técnico o jurídico que ampare sus afirmaciones, por lo que parece que el autor sólo pretende denostar y señalar a una profesión como la nuestra.
Desde el CSCAE lamentamos que mensajes como el que plantea el artículo lleguen a la sociedad y defendemos el trabajo de los arquitectos como técnicos competentes para valorar la eficiencia energética de los edificios y aportar soluciones para la mejora del confort y los consumos energéticos.
Estamos convencidos de que el certificado energético de los edificios, realizado con la solvencia profesional necesaria, es un instrumento imprescindible para alcanzar la sostenibilidad de nuestras ciudades y mejorar calidad de vida por lo que reiteramos la utilidad del certificado de eficiencia energético como medio necesario para, por un lado, valorar el comportamiento energético de los edificios y mejorar su habitabilidad e impacto en el medio ambiente y, por otro, ofrecer información a los a los consumidores acerca del comportamiento energético de sus viviendas, proporcionándoles un mayor confort con menor consumo de energía.