Los arquitectos/as acceden a la actividad por la vía 1, sin requisitos formativos adicionales.
La acreditación se obtiene presentando una declaración responsable ante el órgano competente de la comunidad autónoma del domicilio fiscal, antes de iniciar la actividad. Habilita para ejercer en todo el territorio nacional y no tiene fecha de caducidad.
Atención quienes tengan domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana, la Comunidad de Madrid o el País Vasco ya que cuentan con un procedimiento autonómico propio de registro.
Mas información: https://www.miteco.gob.es/es/energia/eficiencia/certificacion-energetica/tecnico-competente.html#accordion-49d5a951f3-item-61a733c5d4
Enlace al registro de la CM: https://sede.comunidad.madrid/comunicaciones-declaraciones/declaracion-tecnico-certificacion