Inicio / Normativa Técnica / Otras Normativas / Decreto 798/1971, de 3 de abril, por el que se dispone que en las obras y los monumentos y conjuntos histórico-artísticos se empleen en lo posible materiales y técnicas tradicionales

Decreto 798/1971, de 3 de abril, por el que se dispone que en las obras y los monumentos y conjuntos histórico-artísticos se empleen en lo posible materiales y técnicas tradicionales

Decreto 798/1971, de 3 de abril, del Ministerio de Educación y Ciencia.
BOE: 24/04/1971

Artículo primero. "- En cuantas obras se realicen en los monumentos, conjuntos histórico-artísticos y parajes pintorescos expresamente declarados como tales y por tanto sujetos a las correspondientes disposiciones en la legislación protectora del Patrimonio Artístico Nacional, se utilizarán en lo posible los materiales y técnicas tradicionales."
 
Artículo segundo. "- En cuanto a proporciones de huecos y detalles de fachadas que estén íntimamente ligados con la conservación y valoración de un ambiente y en su relación con los espacios interiores a los que sirven, se atendrán a las instrucciones que, en cada caso, dicte la Dirección General de Bellas Artes, conforme a la legislación vigente sobre protección del Patrimonio Artístico Nacional.”
 

    COMPARTIR
    Resumen

    Este sitio web utiliza cookies para que podamos brindarle la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en su navegador y realiza funciones como reconocerlo cuando regresa a nuestro sitio web y ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones del sitio web le resultan más interesantes y útiles.