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Comunicado Junta de Gobierno 18.05.2020

18/05/2020

Queridos compañeros:
 
Pasan ya más de dos meses desde el inicio del Estado de Alarma decretado por el Gobierno ante la crisis de salud pública de la COVID-19 que ha trastocado nuestras vidas, tanto en lo personal, con la privación de la libertad de movimiento y de reunión, como en lo profesional, con las restricciones para ejercer la profesión y la instauración precipitada del teletrabajo.

Comunicado Junta de Gobierno 18.05.2020


 
En este sentido, en el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid tampoco somos ajenos a estos cambios. El pasado 13 de marzo de 2020 tuvimos que tomar la decisión de cerrar nuestras instalaciones y poner a disposición de los empleados todas las herramientas disponibles para poder seguir prestando nuestros servicios a los colegiados y arquitectos de forma telemática. Además, el Estado de Alarma ha afectado a otros aspectos tan importantes como es el control de la acción de esta Junta de Gobierno, teniendo que suspender la sesión ordinaria de la Junta de Representantes del 26 de marzo, con el objeto de que los representantes pudieran realizar propuestas a la Junta de Gobierno; la sesión extraordinaria del 23 de marzo, para informar a los representantes y colegiados acerca de la situación o estado del COAM, tanto desde el punto de vista laboral como desde el punto de vista financiero; para finalmente tener que  tomar la decisión de posponer la convocatoria de una sesión ordinaria de la Junta de Representantes del mes de mayo, en la que se someterían a probación las Cuentas Anuales del Colegio y la Memoria de Gestión.

Estas suspensiones se han decidido por la Junta de Gobierno del COAM en un ejercicio de prudencia y responsabilidad, siguiendo criterios jurídicos y sanitarios, y sustentadas en:
 

  1. La primacía o jerarquía normativa superior del RD del Estado de Alarma (RD 463/2020, de 14 de marzo) sobre los Estatutos del COAM, sus reglamentos y la propia Ley de Colegios Profesionales. Al tratarse el RD de una norma de rango superior deja sin efecto cualquier disposición normativa de rango inferior.
  2. El Real Decreto del Estado de Alarma dispone unas medidas de confinamiento y restricciones a la movilidad de los ciudadanos que impiden la celebración de cualquier acto colegial, y por supuesto de una Junta de Representantes.
  3. La propia normativa Colegial (Estatutos y Reglamentos) que regulan las Juntas de Representantes contemplando la asistencia presencial. No tenemos, como puede ocurrir en otros colegios, prevista en Estatutos, la celebración de una junta telemática o virtual. (Ej: se prevé un quorum mínimo de asistencia presencial; en cuanto a las votaciones el Reglamento de las Juntas Generales y de Representantes, reglamento del año 2004 pero que cuya aplicación es supletoria en tanto no dispongamos de otros reglamentos, establece en su artículo 11 que las votaciones de las propuestas se realizan por aclamación, a mano alzada, o bien de manera nominal o secreta. Al referirse a la votación a mano alzada es evidente que está contemplando una votación presencial realizada en sala; también en el art. 2 en donde se regula la confección del orden del día de las juntas de representantes, en el apartado 6.3 se refiere a las proposiciones formuladas en sala, luego nuevamente se contempla que la junta se celebre presencialmente).
  4. La suspensión por el Real Decreto del Estado de Alarma de todos los plazos administrativos y procesales: Se suspenden todos los plazos administrativos de origen legal, estatutario o de cualquier otro orden, como, por ejemplo, en el ámbito de convocatorias electorales o de aprobación de cuentas anuales.
  5.  Concurrencia de una situación de fuerza mayor, imprevisible y no evitable, como es una crisis sanitaria de estas características que lleva a la declaración del Estado de Alarma.
  6. Las dificultades técnicas existentes en la celebración de una junta de representantes en remoto o telemáticamente. Se han consultado distintas empresas para analizar la viabilidad de la celebración de una Junta de Representantes de forma telemática, concluyendo que no es posible su realización por la composición de nuestra propia Junta de Representantes, a la que están llamados no solamente los representantes, sino también todos los colegiados del COAM, y debemos garantizar que todos y cada uno de ellos -si lo desean- puedan intervenir. Los colegiados según nuestros Estatutos no tienen voto pero si que tienen voz en las sesiones, de manera que no podemos privarles de este derecho político pues supondría que cualquiera de ellos, como interesado, podría interponer cualquier recurso solicitando la nulidad de la Junta celebrada o de cualquiera de los acuerdos adoptados en ella, circunstancia que lógicamente la Junta de Gobierno debe evitar a toda costa.
  7. E indicar, a su vez, que un órgano ajeno a la Junta de Gobierno, pero dentro del ámbito de actuación del COAM como es la mesa electoral, ha suspendido la celebración de las elecciones a Secretario debido a esta situación de Estado de Alarma.
Por supuesto, huelga decir que estas decisiones que la Junta de Gobierno nos hemos visto obligados a tomar ante una situación totalmente inédita y excepcional no son incompatibles con la voluntad que tenemos de celebrar todas y cada una de las sesiones de la Junta de Representantes cuando las circunstancias lo hagan posible, ya que en la actualidad se ha verificado que existen impedimentos, tanto de índole legal como técnicos. Si bien el formato presencial es posible en otras entidades u organismos, lo es precisamente porque su estructura estatutaria lo avala o posibilita y porque el desarrollo de estas juntas, sobre todo en lo que se refiere al uso de la palabra, pero también en el carácter y forma de las votaciones, lo hace posible.

También queremos indicar que estas medidas siguen la línea de las adoptadas por otras instituciones como:
 
El Colegio de Médicos de Madrid, que tenía previsto celebrar el próximo 28 de mayo de 2020 elecciones a la Junta Directiva y que han sido anuladas por unanimidad debido a la limitación de la libertad de circulación de las personas que aparece recogido en el artículo 7 del RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma.

Asimismo, quedó anulada la Asamblea de Compromisarios prevista para el 31 de marzo de 2020. 

La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Madrid acordó suspender la Junta General Ordinaria prevista para el día 23 de marzo de 2020, que será nuevamente convocada cuando su celebración sea posible en atención a la evolución epidemiológica.
 
El Colegio de Economistas de Madrid, que suspendió la Junta General Ordinaria prevista para el día 20 de abril de 2020 y procederá a su nueva Convocatoria en las dos semanas siguientes a la finalización del Estado de Alarma, o la Unión Interprofesional de la Comunidad de Madrid, cuya Asamblea General Ordinaria prevista para el día 30 de marzo de 2020 fue suspendida y será nuevamente convocada por cuando su celebración sea posible en atención a la evolución epidemiológica.
 
Además, también hay que destacar la suspensión de las elecciones a los parlamentos vasco y gallego previstas para el 5 de abril de 2020 y que previsiblemente tendrán lugar el 12 de julio.
 
Nuestras decisiones se sustentan a su vez en un informe emitido por la Asesoría Jurídica del CSCAE, en el que se indica que la primacía de las disposiciones del Real Decreto 463/2020 supone dejar en suspenso y sin aplicación cualquier disposición general o particular de ordenación de los colegios profesionales, incluyendo la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, los Estatutos Generales y particulares y cualquier disposición reglamentaria o acuerdo colegial incompatible con las medidas de protección sanitaria y confinamiento, pero sobre todo en la necesidad de conciliar el derecho de control de los colegiados de la acción de la Junta de Gobierno, con el deber de ésta de hacerlo posible en unas condiciones de seguridad jurídica y facilidad de acceso.
 
Como siempre, nos despedimos enviando un abrazo virtual a todos los compañeros y vuestras familias, teniendo muy presentes a los que habéis sufrido la pérdida de un ser querido. E insistimos en que podéis contar con nosotros, deseando volver cuanto antes a una normalidad en la que podamos retomar nuestra vida personal y actividad profesional con todas las garantías de seguridad. ¡Cuidaos!




 

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