Ficha País: Alemania

Última actualizacion: 06/09/2016

RESUMEN

HABILITACIÓN PROFESIONAL:

Un arquitecto español puede ejercer la profesión el país de forma autónoma de acuerdo con la directiva europea 2005/36/EC. Al ser una profesión regulada, para poder ejercer debemos realizar el proceso de registro en alguna de las Cámaras de los distintos Estados (Länder).

RECONOCIMIENTO DEL TÍTULO: 

Para ejercer la profesión no es necesaria la homologación del título, sino la colegiación o registro. No obstante, si se desea homologar el título, puede ponerse en contacto con: Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones. Dirección General de Política Universitaria.Ministerio de Educación
Paseo del Prado, 28.  28014 Madrid - ESPAÑA.Tel: +34 91 506 5636

COLEGIACIÓN OBLIGATORIA: 

Sí, para ejercer la profesión es imprescindible colegiarse en alguna Cámara de los Länder.

COMPETENCIAS PROFESIONALES: 

Diseño de edificios y obras públicas que tengan en cuenta aspectos creativos y técnicos y económicos. Planeamiento y gestión de realización y construcción de obras arquitectónicas. En el ejercicio de sus actividades los arquitectos dan la debida consideración a los aspectos de diseño, técnicos, económicos y sociales. 

ORGANISMO REGULADOR: 

Las 16 Cámaras de Arquitectos de los Estados  (Länder) , así como la Cámara Nacional de Arquitectos:
Bundesarchitektenkammer -BAK
Askanischer Platz 4. 10963 Berlin.Germany
Phone: +49 30 263944-0   Fax: +49 30 263944-90
E-mail: info@bak.de          
Internet: www.bak.de


 

 

CONDICIONES PROFESIONALES

  • HABILITACIÓN PROFESIONAL

    Un arquitecto español puede ejercer la profesión  en el país, de forma autónoma. De acuerdo con la directiva europea 2005-36-EC, existe reconocimiento de profesionales en todos los estados miembros, pero debemos realizar el proceso de registro para poder ejercer.

     

  • OBLIGATORIEDAD DE COLEGIACIÓN

    Fuente ARCHITEKTENKAMMER BERLIN

    Para ejercer la profesión es necesario colegiarse.

    Requisitos para colegiarse:  La colegiación en Alemania se ha de realizar en el Land (Estado) donde se va a ejercer. Una vez inscritos en uno de los 16 Länder (estados), los arquitectos que no tienen domicilio allí, pueden inscribirse en un registro federal.

    Fuente ARCHITEKTENKAMMER BERLIN

    Schutz der Berufsbezeichnungen  Architekt, Innenarchitekt, Landschaftsarchitekt und Stadtplaner; Architektenkammer Berlin

    A continuación, el listado de enlaces a las 16 Cámaras de Arquitectos en los Länder:
    Architektenkammer Baden-Württemberg
    Bayerische Architektenkammer
    Architektenkammer Berlin
    Brandenburgische Architektenkammer
    Architektenkammer der Freien Hansestadt Bremen
    Hamburgische Architektenkammer
    Architekten- und Stadtplanerkammer Hessen
    Architektenkammer Mecklenburg-Vorpommern
    Architektenkammer Niedersachsen
    Architektenkammer Nordrhein-Westfalen
    Architektenkammer Rheinland-Pfalz
    Architektenkammer des Saarlandes
    Architektenkammer Sachsen
    Architektenkammer Sachsen-Anhalt
    Architekten- u. Ingenieurkammer Schleswig-Holstein
    Architektenkammer Thüringen

    Fuente: Corresponsal en Berlin, Ignacio Borrego (2024)

    Inscripción en el registro de arquitectos y urbanistas:

    El título profesional de arquitecto, urbanista, paisajista o interiorista sólo podrá ser utilizado por quienes estén inscritos bajo este título en la lista de arquitectos o urbanistas del Estado de Berlín en la Architektenkammer Berlin (Colegio Oficial de Arquitectos de Berlín). De conformidad con el artículo 3, apartado 1 de la Ley de la Architektenkammer Berlin y de la Baukammer (Cámara de la Construcción de Berlín) – (ABKG)
     
    La Architektenkammer Berlin mantiene las siguientes listas y directorios:
    • Lista de arquitectos y urbanistas
    • Directorio de arquitectos y urbanistas externos
    • Directorio de sociedades para sociedades profesionales.
     
    • Para estar inscrito en la lista de arquitectos o urbanistas del Estado federado de Berlín, se deben cumplir, en particular, los siguientes requisitos:
     

    • Residencia, sucursal o lugar de trabajo o empleo en Berlín
    • Estudios con una duración estándar de al menos cuatro años en una universidad o escuela técnica alemana; Formación profesional equivalente en una universidad o colegio extranjero. Las titulaciones en universidades de la Comunidad Europea se consideran equivalentes.
    • Justificante de trabajo práctico de al menos 2 años en las tareas profesionales esenciales del área temática (Ver fases HOAI). Para el ámbito de la arquitectura, las prácticas deberán realizarse bajo la supervisión de un profesional. La actividad práctica se considerará realizada si se presenta la titulación de servicio técnico administrativo superior.
    • Comprobante de participación en eventos de formación profesional y educación continua por un monto de 70 horas/unidades (45 minutos cada uno) en las áreas temáticas enumeradas en el artículo 14 del Reglamento de Capacitación y Pasantías.

     
    Enlace a la información sobre la colegiación (Eintragung): https://www.ak-berlin.de/architektenkammer-berlin/mitgliedermitglied-werden/eintragung-architekten-stadtplanerliste/voraussetzung-und-verfahren.html
     
     
     
     
     

     

     

  • RECONOCIMIENTO DEL TÍTULO

    Fuente MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ESPAÑA

    No hace falta homologar el título, pero hace falta reconocerlo al ser una profesión “reglamentada”.
    La ley prevé un plazo máximo de tres meses para obtener la homologación o, en su caso, la información de cómo complementar la formación obtenida en el país de origen, para poder obtener más adelante una homologación.

    Reconocimiento de título de arquitecto en Alemania:
    El registro en los distintos Colegios de Arquitectos en la República Federal de Alemania, se realiza con la presentación del título, un certificado de examen o alguna otra evidencia relevante en el ejercicio de la profesión, de acuerdo con el 46, 47 y 49 de la Directiva 2005/36/EC y experiencia práctica relevante de dos años. 

    https://bak.de/kammer-und-beruf/studium-und-beruf/eintragung-titelschutz/

    Contacto en España:
    Dirección General de Política Universitaria
    Ministerio de Educación
    Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones
    Paseo del Prado, 28
    28014 Madrid – ESPAÑA
    Tel: +34 91 506 5636
    Fax: +34 91 506 5706
    Website: https://www.educacionyfp.gob.es/alemania/reconocimiento-titulos/para-espanoles.html

    Free movements of professionals in Europe: 
    https://ec.europa.eu/growth/single-market/single-market-services/free-movement-professionals_en

  • COMPETENCIAS PROFESIONALES del ARQUITECTO y de otros profesionales intervinientes en la obra

    Fuente Bundes Architekten Kammer
    Competencias Profesionales del Arquitecto:

     1 Berufsaufgaben der Architektinnen und Architekten und der Stadtplanerinnen und Stadtplaner
    (1) Berufsaufgabe der Architektinnen und Architekten ist die gestaltende, baukünstlerische, technische, kologische, soziale und wirtschaftliche Planung von Bauwerken, Siedlungen und Städten.
    (2) Berufsaufgabe der Innenarchitektinnen und -architekten ist die gestaltende, baukünstlerische, technische, ökologische, soziale und wirtschaftliche Planung von Innenräumen und von damit verbundenen Änderungen von Gebäuden.
    (3) Berufsaufgabe der Landschaftsarchitektinnen und -architekten ist die gestaltende, baukünstlerische,  technische, ökologische, soziale und wirtschaftliche Planung von Landschaft, Freianlagen und Gärten, auch im Rahmen städtebaulicher Planung.
    (4) Berufsaufgabe der Stadtplanerinnen und -planer ist die gestaltende, technische, wirtschaftliche und soziale Orts- und Regionalplanung, insbesondere die Ausarbeitung städtebaulicher Planung.
    (5) Zu den Berufsaufgaben der in den Absätzen 1 bis 4 genannten Berufsgruppen gehören auch die Beratung, Betreuung und Vertretung der Auftraggebenden in den mit der Planung und Durchführung eines Vorhabens zusammenhängenden Fragen sowie die Koordinierung und berwachung der Ausführung. Zu den Berufsaufgaben kann auch die Erstattung von Fachgutachten gehören.
    (6) Zu den Berufsaufgaben der Architektinnen und Architekten und der Landschaftsarchitektinnen und -architekten gehören auch die Ausarbeitung städtebaulicher Planung und die Mitwirkung an der Landesplanung und der Raumordnung.
    (7) Zu den Berufsaufgaben der Stadtplanerinnen und -planer gehört auch die Mitwirkung an der Landesplanung und der Raumordnung.
    (8) Soweit die folgenden Vorschriften Regelungen bezüglich der Architektinnen und Architekten treffen, gelten diese auch für die Innenarchitektinnen und -architekten sowie für die Landschaftsarchitektinnen und -architekten, es sei denn, es werden durch dieses Gesetz andere Regelungen getroffen.

    Traducción:

    1 Competencias de los arquitectos y urbanistas
    (1) Las competencias del arquitecto son: el diseño, planificación arquitectónica, técnica, ecológica, social y económica de edificios, asentamientos y ciudades.
    (2) Las competencias de los diseñadores de interiores son: la planificación creativa, arquitectónica, técnica, ecológica, social y económica de los espacios interiores y los cambios asociados a los edificios.
    (3) Las competencias de los arquitectos paisajistas son: el diseño, la planificación arquitectónica, técnica, ecológica, social y económica del paisaje, espacios abiertos y jardines, también en el marco de la planificación urbana.
    (4) Las competencias de los urbanistas son: la planificación local y regional creativa, técnica, económica y social, en particular el desarrollo de la planificación urbana.
    (5) Las competencias de los grupos profesionales mencionados en los párrafos 1 a 4 también incluyen asesorar, apoyar y representar al cliente en cuestiones relacionadas con la planificación y ejecución de un proyecto, así como la coordinación y seguimiento de la ejecución. Las tareas profesionales también pueden incluir la presentación de informes periciales.
    (6) Las competencias de los arquitectos y arquitectos paisajistas también incluyen el desarrollo de la planificación urbana y la participación en la planificación estatal y la planificación espacial.
    (7) Las competencias de los urbanistas también incluyen la participación en la planificación estatal y la planificación espacial.
    (8) En la medida en que las siguientes disposiciones contengan normas relativas a los arquitectos, éstas también se aplican a los diseñadores de interiores y arquitectos paisajistas, a menos que esta ley establezca otras normas.

    Fuente ARCHITEKTENKAMMER BERLIN
    Otros profesionales intervinientes en la obra:

    – 32 Berufsbezeichnungen
    (1) Die Berufsbezeichnung "Beratende Ingenieurin" oder "Beratender Ingenieur" darf nur führen, wer unter dieser Bezeichnung in die "Liste der Beratenden Ingenieurinnen und In-genieure" eingetragen ist. Wortverbindungen mit der Bezeichnung "Beratende Ingenieurin" oder "Beratender Ingenieur" dürfen nur Beratende Ingenieurinnen und Ingenieure verwen-den. Die Bezeichnung "Freischaffende Ingenieurin" oder "Freischaffender Ingenieur" ist unzulässig.
    (2) Die Berufsbezeichnungen nach Absatz 1 dürfen im Namen einer Gesellschaft ein-schließlich einer Partnerschaftsgesellschaft nur geführt werden, wenn die Gesellschaft in das Verzeichnis nach § 34, in ein vergleichbares Verzeichnis in einem anderen Bundes-land oder als auswärtige Gesellschaft eingetragen ist.
    (3) Die Berufsbezeichnung darf nicht mehr geführt werden, wenn die Entscheidung über die Löschung der Eintragung in der Liste unanfechtbar ist oder ihre sofortige Vollziehung angeordnet und die aufschiebende Wirkung nicht wiederhergestellt ist.
    (4) Die Vorschriften des Ingenieurgesetzes vom 29. Januar 1971 (GVBl. S. 323), zuletzt geändert durch Gesetz vom 24. Februar 2006 (GVBl. S. 205), und das Recht zum Führen akademischer Grade bleiben unberührt.
    (5) Darf die Berufsbezeichnung nach den Absätzen 1 bis 3 nicht geführt werden, ist es auch nicht zulässig, sie in einer fremdensprachlichen Übersetzung zu führen.

    Traducción:

    32 puestos en empleos:
    (1) El título profesional "Ingeniero Consultor" sólo podrá ser utilizado por quienes estén inscritos bajo este título en la "Lista de Ingenieros Consultores". Las combinaciones de palabras con la designación "Ingeniero consultor" solo pueden ser utilizadas por ingenieros consultores. No se permite la designación de "ingeniero autónomo".
    (2) Los títulos profesionales según el párrafo 1 solo pueden utilizarse en nombre de una empresa, incluida una sociedad colectiva, si la empresa está inscrita en el directorio de acuerdo con el § 34, en un directorio comparable en otro estado federal o como un empresa externa.
    (3) El título profesional ya no podrá utilizarse si la decisión de supresión de la inscripción en la lista es firme o si se ha ordenado su ejecución inmediata y no se ha restablecido el efecto suspensivo.
    (4) Las disposiciones de la Ley de Ingeniería del 29 de enero de 1971 (GVBl. p. 323), modificada por última vez por la ley del 24 de febrero de 2006 (GVBl. p. 205), y el derecho a usar títulos académicos no se ven afectados.
    (5) Si el título profesional no puede usarse de acuerdo con los párrafos 1 a 3, tampoco está permitido usarlo en una traducción a un idioma extranjero.
    
  • REGLAMENTO SOBRE LOS HONORARIOS DE ARQUITECTOS E INGENIEROS EN ALEMANIA (HOAI 2021)

    Alemania

    REGLAMENTO SOBRE LOS HONORARIOS DE ARQUITECTOS E INGENIEROS EN ALEMANIA (HOAI 2021)

    La editorial Wolters Kluwer Deutschland GmbH, a quien damos las gracias, publica la traducción al español del Reglamento de sobre los honorarios de arquitectos e Ingenieros en Alemania 2021

    Consecuencia de la entrada en vigor de la Ley Ómnibus (Ley 25/2009), que modificó la Ley de Colegios Profesionales, los Colegios Profesionales no pueden aprobar baremos orientativos de honorarios, toda vez que los mismos están liberalizados.

    No obstante la anterior prohibición, consideramos información interesante para los colegiados, publicar la traducción al español del “Reglamento sobre Honorarios por prestación de servicios de arquitectos e Ingenieros 2021” (no aplicables en España). Se ha creído necesario abordar esta traducción ya que estos baremos de honorarios, de aplicación voluntaria, son útiles para los arquitectos que quieran trabajar temporalmente en Alemania, haciendo uso de su libertad comunitaria de prestación transfronteriza de servicios profesionales y también para aquellos arquitectos que prestan o quieran prestar servicios con carácter permanente en aquel país, bajo cualquier modalidad jurídica, en régimen autónomo, societario o asalariado, haciendo uso de su libertad comunitaria de libre establecimiento profesional o libre circulación de trabajadores.

    Tal y como se recoge en el Prólogo de la referida obra, Alemania cuenta con un reglamento de honorarios para los trabajos de arquitectos e ingenieros que contiene tablas de baremos orientativos y voluntarios de honorarios e incluso como vinculantes en su tarifa base en el caso de que en el contrato entre profesional y cliente no se haya reflejado honorarios.

    Llama la atención que dentro del mismo ámbito europeo la situación de los baremos orientativos sea tan dispar como es en el caso de Alemania y España.

    La entrada en vigor del Reglamento sobre los honorarios de arquitectos e ingenieros (HOAI) 2021 el 01.01.2021 marca el fin de una disputa mantenida desde 2015 con la Comisión Europea sobre la compatibilidad de los porcentajes mínimos y máximos de los honorarios del HOAI con la legislación europea. Como resultado, la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo del 04.07.2019 se materializa principalmente con el HOAI 2021 y la Ley alemana subyacente sobre la regulación de los servicios de ingeniería y arquitectura (ArchLG). El TJUE había declarado incompatible con el Derecho de la UE el carácter vinculante de los porcentajes mínimos y máximos de los honorarios del HOAI debido a una "incoherencia" detectada, dado que los proyectos también pueden ser realizados por técnicos o proyectistas que no deben acreditar su cualificación profesional. En cambio, se confirmó el argumento alemán de que las tasas vinculantes son básicamente un instrumento adecuado para garantizar la calidad.

    En virtud de esta premisa, la Comisión alemana de Colegios y Cámaras de Ingenieros y Arquitectos para el Reglamento de honorarios (AHO), la Cámara Federal de Arquitectos (BAK) y la Cámara Federal de Ingenieros (BIngK) se han asociado con las organizaciones de planificación para que el HOAI se mantenga en gran medida como normativa legal. Ahora se tiene la seguridad de que el HOAI seguirá estando disponible como guía fiable para calcular los honorarios apropiados para arquitectos e ingenieros. Si bien los honorarios para los proyectos podrán acordarse libremente en el futuro, al mismo tiempo las tablas de honorarios, que siguen aplicándose con sus rangos de precios, seguirán sirviendo de modelo para determinar una remuneración adecuada, como se indica expresamente en el texto literal de la ley ArchLG modificada y en la justificación del HOAI adaptado. Aquí también se señala que estas tarifas de honorarios pretenden contribuir a garantizar un alto nivel de calidad en la planificación. (…)

    https://www.hoai.de/hoai/volltext/hoai-2021/

  • NECESIDAD DE SOCIO LOCAL

    En principio, el socio local es opcional aunque en función del proyecto, puede que valga la pena.

  • RESPONSABILIDAD DEL ARQUITECTO. Seguros requeridos.

    Fuente COAM

    El seguro de responsabilidad civil es obligatorio para colegiarse, La responsabilidad civil del arquitecto viene determinada por el Código Civil, pero algunos estados federales determinan una cuantía de cobertura mínima.  El seguro que el COAM ofrece a sus colegiados cubre la responsabilidad civil en todo el mundo, excepto en EEUU y en Canadá.
     
     

  • DOCUMENTACIÓN DE APOYO

    a) Normativas

    Fuente: Ana Salinas (ex-corresponsal del COAM en Alemania)

    Marco legal, visado y licencia de obra en Alemania
    En Alemania el marco legal para la construcción es muy detallado y específico (si bien no necesariamente estructurado). Pero la cantidad de normativa no implica necesariamente una complejidad administrativa enorme para construir. Al contrario de lo que cabría esperar, descubriremos que el trámite como tal es, incluso, menos complejo que en España.

    En primer lugar, y de manera análoga a la mayoría de los países, debemos diferenciar entre la normativa urbanística (Bauplanungsrecht) y la normativa técnica (Bauordnungsrecht). Como Alemania es un Estado Federal, hay normativas estatales pero sobre todo muchas específicas de cada "Bundesland", especialmente en cuanto a la normativa técnica o la de patrimonio histórico.

    El texto de referencia sobre estructura urbanística y sobre el uso del suelo es el Baugesetzbuch (BauGB) y la Baunutzungsverordnung (BauNVO) y son de ámbito nacional. El BauGB define todo el proceso de planificación urbanística, las competencias y el derecho a edificar en función del uso del suelo. La BauNVO especifica las calificaciones urbanísticas que especifican los planes de ordenación. Estas normativas serían equiparables a la Ley del suelo española. Cada Ayuntamiento es responsable de la elaboración de sus planes de ordenación y planes parciales (Bebauungspläne).

    En materia de normativa técnica, cada Bundesland tiene su "Bauordnung". Esta normativa especifica las tipologías edificatorias, así como los requisitos generales que debe cumplir un edificio, las distancias mínimas a linderos, accesibilidad, protección contra incendios, etc. La Bauordnung también regula, entre otros, los derechos y deberes de los propietarios y de los técnicos involucrados en el proyecto, los tipos de licencia de obra o qué tipo de proyectos se pueden tramitar sin licencia con visado.

    La Bauordnung se podría resumir como una guía de los criterios mínimos que debe cumplir el proyecto básico para obtenerse la licencia de obra. Es un compendio atípico, dado que incorpora aspectos de carácter urbanístico, administrativo y técnico, aunque estos son bastante superficiales. Por este motivo no se puede llegar a equiparar conceptualmente con el CTE, principalmente por detalle de las exigencias. Para concretar las especificaciones, especialmente de cara al proyecto ejecutivo, se recurre otras normativas.

    Estas pueden ser específicas para una tipología de edificio (por ejemplo, para edificios de pública concurrencia "Versammlungsstättenverordnung" o garajes "Garagenverordnung". En la mayoría de los casos las recomendaciones de carácter general de la Bauordnung son detalladas en estos reglamentos o en determinadas normas DIN, como ocurre, por ejemplo, en la accesibilidad con la DIN 18040.  Hasta aquí podemos establecer algunas analogías con el marco normativo existente en España. Sin embargo, las diferencias son mayores cuando nos fijamos en el procedimiento de tramitación del visado y la licencia de obra.

    En Alemania existe un organismo público específico llamado "Bauaufsichtsbehörde" dedicado a otorgar las licencias de obra y el visado. El visado como tal no existe, sino que se visa junto con la licencia de obra, ya que, a diferencia de España, los colegios de arquitectos no asumen esta función. Además de esto, la Bauaufsicht se dedica a coordinar los diferentes organismos involucrados en la valoración del proyecto, especialmente con el departamento de urbanismo del ayuntamiento correspondiente. Adicionalmente, coordinan en caso de que sea necesaria la verificación de los documentos por parte de otros departamentos, por ejemplo de bomberos, de medio ambiente, etc. Los ayuntamientos de ciudades con una población superior a 50.000 habitantes tienen "Bauaufsicht" propia, en el resto de los casos es un organismo a nivel de Diputación, en alemán "Kreis".

    Hay principalmente cuatro tipos de modalidades para tramitar una licencia de obra en función del tipo de proyecto y del nivel de verificación. Dado que son específicas para cada Bauordnung, puede variar la denominación en los diferentes Bundesland, a pesar de que conceptualmente es igual en todo el país.
    1. Los proyectos libres de tramitación (freigestellte Verfahren): los proyectos de pequeña envergadura que se especifican en el catálogo adjunto a la Bauordnung (balcones, buhardillas, carteles, cisternas, etc.) sólo necesitan comunicarse directamente al ayuntamiento (no hay visado / licencia de obras para la Bauaufsicht). Si en quince días no hay respuesta del ayuntamiento, se puede empezar con las obras.
    2. Los proyectos libres de visado dentro de un plan de ordenación (baugenehmigungsfreie Vorhaben im beplanten Bereich): son proyectos que pueden tener una cierta envergadura mientras no formen parte del catálogo de edificios de uso específico "Sonderbauten" según la Bauordnung y no requieran una desviación consensuada de la normativa. Estos proyectos se entregan directamente al ayuntamiento, quien da el permiso de obra (no hay visado / licencia de obras para la Bauaufsicht). Si en un mes no hay respuesta del ayuntamiento, se puede empezar con las obras.
    3. Los proyectos con tramitación simplificada (vereinfachtes Baugenehmigungsverfahren): son proyectos dentro o fuera de un plan de ordenación, en los que se verifica únicamente que cumplan los requisitos urbanísticos (BauGB) y, en su caso, la concesión de desviaciones de la normativa técnica (Bauordnung). Si están fuera de un plan de ordenación, se valorará en función de la tipología y uso del entorno. Tienen un periodo máximo de tramitación de tres meses.
    4. Los proyectos con tramitación completa (normales Baugenehmigungsverfahren): son aquellos proyectos en los que se verifica que cumplan tanto los requisitos urbanísticos (BauGB) como la normativa técnica (Bauordnung). Por defecto son todos los proyectos de edificios de uso específico "Sonderbauten", así como proyectos en los que por otros motivos se quiera una comprobación completa por parte de la Bauauficht. No tienen periodo máximo de tramitación.

    Otra diferencia significativa es el hecho de que en cualquier tipo de proyecto y procedimiento de tramitación sólo hay un visado / licencia para el proyecto básico. El proyecto de ejecución simplemente no se visa. Esta aparente simplicidad de tramitación se apoya en una reforma de la Bauordnung de 2002, a partir de la cual la adjudicación de las responsabilidades proyectuales (aparte de la responsabilidad civil) va a parar directamente al arquitecto o a los ingenieros implicados en el proyecto . Esto implica que estos son responsables del cumplimiento de las normativas, especialmente en los supuestos en los que la Bauaufsicht no verifica completamente su cumplimiento (apartados 1 a 3 anteriores).

    Tanto en el procedimiento simplificado como en la verificación completa, la licencia de obra exige la presentación de los diferentes documentos (cálculo de distancias a lindes de parcela, cumplimiento de la ordenanza municipal sobre aparcamientos, saneamiento…) y certificados (estructura, protección contra incendios, eficiencia energética, insonorización…) a posteriori. Los certificados se presentan en tres fases: antes de comenzar la obra, antes de certificar el final de los trabajos estructurales y cerramientos y antes del certificado final de obra. En Alemania se necesita una acreditación para poder presentar cada uno de estos certificados. Estas licencias para ser "Nachweisberechtigter" las expide el colegio de ingenieros correspondiente a cada Bundesland. En general la mayoría de arquitectos colaboran con despachos de ingeniería en materia de certificación, incluso en proyectos de pequeña envergadura.
    En resumen, a pesar de que hay mucha normativa específica, ésta no está estructurada como el CTE. Por otra parte, el procedimiento burocrático para la licencia de obra en Alemania es más sencillo que en España debido a la delegación de responsabilidades por parte de la administración hacia arquitecto y al hecho de tener un organismo que englobe el visado y la licencia. En temas de certificación, sin embargo, se debe partir de la base de que en general el arquitecto, especialmente el recién llegado, no puede trabajar de forma autónoma sino que hay que colaborar con ingenieros y estructuristas locales.
     

    Leyes que regulan el ejercicio profesional del arquitecto y urbanista.
     
    Fuente ARCHITEKTENKAMMER BERLIN
     
    Gesetz zur Regelung von Ingenieur und Architektenleistungen
    Ley Para la Regulación de los Arquitectos y los Ingenieros.                 

    Normativa elaboración de proyectos.

    En Alemania la normativa viene determinada por cada estado federal

    BAUGESETZBUCH. Código General de Construcción.  

     


    b) Modelos de contratos

     
    Modelo de contrato de la Administración Pública.

    Fuente: Corresponsal del COAM
    IV 410.H F Vertragsmuster Gebäude und Innenräume
     
    Fuente BUNDESMINISTERIUM DER JUSTIZ
    El reglamento que regula la contratación de servicios de arquitectura es: VOL. Bekanntmachung der Vergabeordnung für freiberufliche leistungen. 
     
    Modelo de contrato de empresa privada.

    Fuente: Varias

    Contrato de planificación de edificio e interiores.

    Modelo Contrato.
     


    c) Convenios fiscales

     
    Fuente: Corresponsal COAM. Berlin

    Informe Legal sobre doble_imposicion.
     
    Se tributa en el país en que se es residente:

    * Art. 4 del Convenio de Doble Imposición Hispano-Alemán de 05.12.66.-

    1.- A los efectos del presente Convenio se considera residente en un Estado a toda persona que, en virtud de la legislación de dicho Estado, esté sujeta a imposición en él por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga.

    2.- Cuando, en virtud de las disposiciones del párrafo 1, una persona física resulte residente en ambos Estados, el caso se resolverá según las siguientes reglas:
    a) Esta persona será considerada residente en el Estado donde tenga una vivienda permanente a su disposición. Si tuviese una en cada Estado se considerará residente del Estado en el que mantenga relaciones personales y económicas más estrechas (centro de intereses vitales).
    b) Si no pudiera determinarse el Estado en el que tiene su centro de intereses vitales, o si no tuviese una vivienda permanente en alguno de los dos Estados, se considerará residente del Estado donde viva de manera habitual.
    c) Si viviera de manera habitual en ambos Estados, se considerará residente del Estado del que sea nacional. En cada caso concreto, la Administración apreciará las pruebas aportadas por el sujeto pasivo.
     

    Fuente: Convenio de Doble Imposición
     
    ARTÍCULO 7 Beneficios empresariales
     
    1. Los beneficios de una empresa de un Estado contratante sólo pueden someterse a imposición en ese Estado, a no ser que la empresa realice su actividad en el otro Estado contratante por medio de un establecimiento permanente situado en él. Si la empresa realiza su actividad de dicha manera, los beneficios de la empresa pueden someterse a imposición en el otro Estado, pero sólo en la medida en que sean imputables a ese establecimiento permanente.

    2. Sin perjuicio de las disposiciones del apartado 3, cuando una empresa de un Estado contratante realice su actividad en el otro Estado contratante por medio de un establecimiento permanente situado en él, en cada Estado contratante se atribuirán a dicho establecimiento permanente los beneficios que el mismo hubiera podido obtener de ser una empresa distinta y separada que realizase las mismas o similares actividades, en las mismas o similares condiciones y tratase con total independencia con la empresa de la que es establecimiento permanente.

    3. Para la determinación del beneficio del establecimiento permanente se permitirá la deducción de los gastos realizados para los fines del establecimiento permanente, comprendidos los gastos de dirección y generales de administración para los mismos fines, tanto si se efectúan en el Estado contratante en que se encuentra el establecimiento permanente como en otra parte.

    4. No se atribuirán beneficios a un establecimiento permanente por razón de la simple compra de bienes o mercancías por ese establecimiento permanente para la empresa.

    5. A los efectos de los apartados anteriores, los beneficios imputables al establecimiento permanente se determinarán cada año por el mismo método, a no ser que existan motivos válidos y suficientes para proceder de otra forma.

    6. Cuando los beneficios comprendan rentas reguladas separadamente en otros artículos de este Convenio, las disposiciones de aquéllos no quedarán afectadas por las del presente artículo.
     
    ARTÍCULO 14 Rentas del trabajo
     
    1. Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 15, 17 y 18, los sueldos, salarios y otras remuneraciones similares obtenidos por un residente de un Estado contratante por razón de un empleo sólo pueden someterse a imposición en ese Estado a no ser que el empleo se realice en el otro Estado contratante. Si el empleo se realiza de esa forma, las remuneraciones derivadas del mismo pueden someterse a imposición en ese otro Estado.

    2. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, las remuneraciones obtenidas por un residente de un Estado contratante por razón de un empleo ejercido en el otro Estado contratante pueden someterse a imposición exclusivamente en el Estado mencionado en primer lugar si:
    a) el perceptor permanece en el otro Estado durante un período o períodos cuya duración no exceda en conjunto de 183 días en cualquier período de doce meses que comience o termine en el año fiscal considerado, y
    b) las remuneraciones se pagan por un empleador que no sea residente del otro Estado, o en su nombre, y
    c) las remuneraciones no las soporta un establecimiento permanente que el empleador tenga en el otro Estado.

    3. No obstante las disposiciones precedentes de este artículo, las remuneraciones obtenidas por razón de un empleo ejercido a bordo de un buque, aeronave o transporte de carretera explotado en tráfico internacional, o a bordo de una embarcación utilizada en el transporte interior, pueden someterse a imposición en el Estado contratante en el que se encuentre situada la sede de dirección efectiva de la empresa.
     


    d) Sueldos y tarifas de honorarios

    Sueldos medios en estudios locales.

    Fuente: INDEED.  El salario medio que indica el portal de empleo, es de 67.479€ al año. Según la región donde se ejerza, el índice varía.

    Fuente: Corresponsal COAM
     
    Depende de la ciudad, de la experiencia y de la actividad dentro del estudio. Puede variar de los 500 euros (becario estudiante) a los 7.000 euros, para una profesional altamente cualificado para dirección de obra (ojo – no dirección facultativa, sino dirección completa de obra). En Berlín, la media para un arquitecto cualificado con experiencia, puede estar entre los 2.500€ y los 3.000 €.

    En general, los salarios para la profesión de arquitecto son más bajos de lo que se piensa. Esto sorprende a españoles y a los propios alemanes recién licenciados. Si se sabe un alemán básico un salario de principiante (y eso lo es cualquier español recién llegado) en Landshut está en torno a los 1.500 euros netos al mes (el dador de trabajo paga tu seguro sanitario, contribución de pensión, etc). Si hay implicación y esfuerzo, el nivel de alemán subirá y las competencias se ampliarán notablemente en un periodo de dos a tres años. La subida salarial se producirá con seguridad anualmente en correspondencia con dicho crecimiento profesional. En ciudades más grandes como Munich el salario de entrada es más alto ya que el precio de los alquileres y el transporte es más alto. Un arquitecto completamente autónomo con capacidad de vender un proyecto en alemán, diseñar y dirigir una obra puede rondar quizás los 3.500-4.500 euros netos. Claro está que cuando uno dispone de esas capacidades está en posición de negociar desde el sueldo hasta trabajar solo tres días en semana. Siendo realistas, para alcanzar ese nivel se requieren de siete a diez años en el mercado alemán de la construcción.

    Fuente HOAI
    La Cámara de Arquitectos Alemana publica el Convenio colectivo para empleados en la oficinas de ingeniería, arquitectura y planificación. Tarifas HOAI 2021.   Tarifas de honorarios de proyecto 2021.
     
    Existe también on-line una Calculadora de Honorarios HOAI.
     


    e) Fases de proyecto

      
    Fuente HOAI

    1.- Estudio previo  (Grundlagenermittlung)
    2.- Anteproyecto  (Vorplanung)
    3.- Proyecto básico    (Entwurfsplanung)
    4.- Solicitud de la licencia de obra     (Genehmigungsplanung)
    5.- Proyecto de ejecución   (Ausführungsplanung)
    6.- Preparación de la licitación   (Vorbereitung der Vergabe -einzelne Gewerke-)
    7.- Asistencia en la licitación     (Mitwirkung bei der Vergabe)
    8.- Supervisión o dirección de obra    (Objektüberwachung / Bauüberwachung)
    9.- Liquidación y recepción de obra     (Objektbetreuung und Dokumentation)

    Fuente: Ignacio Borrego, Corresponsal en Berlin.

    A continuación se detalla cada una de las fases:
     
    LP1: Determinación básica con examen del marco de costes del propietario del edificio (Grundlagenermittlung mit Prüfung des Kostenrahmens vom Bauherren)
    Esta fase incluye cosas completamente básicas, como averiguar qué se puede construir en el solar, pero también tareas un poco más complejas como examinar el presupuesto del cliente y averiguar qué se podría construir con él.
     
    LP2: Planificación previa con estimaciones de costes
    (Vorplanung mit Kostenschätzung)
    Esta fase suele comenzar con una planificación previa. Veríamos cosas como las primeras ideas, bocetos, planos de planta simples para que el cliente tuviera una idea de hacia dónde podrían ir las cosas. También incluye, esta vez, no un examen del presupuesto sino una estimación de costes para el cliente. Lo compararía con el nivel de detalle y cantidad de información que puedes obtener de un plano o un modelo a escala 1:500 o 1:200.
     
    LP3: Planificación del diseño incluyendo cálculo de costes
    (Entwurfsplanung incluido Kostenberechnung)
    En esta tercera fase se concreta lo que queremos en cada plano de planta, se piensa en diseños preliminares de fachada, se discuten los detalles a grandes rasgos y se proporciona suficiente información para realizar un cálculo de costos más preciso. En este caso se podría relacionar con una escala de 1:200 o 1:100.
     
    LP4: Planos para la licencia
    (Genehmigungsplanung)
    Tras la aprobación de la tercera fase y su estimación de presupuesto, entonces comienza la cuarta fase. Esta fase consiste en proporcionar la información suficiente para que pueda tramitarse la licencia. Esto podría incluir planes más definidos, completar formularios, obtener información de topógrafos e ingenieros estructurales y, por supuesto, comunicarse con las autoridades respectivas.
     
    LP5: Proyecto de Ejecución
    (Ausführungsplanung)
    Tras la obtención de la licencia se da paso al proyecto de ejecución. Los planos que hagamos durante esta fase serán principalmente para la empresa constructora y sus oficios, por lo que es importante que todos los detalles estén muy bien definidos y no haya lugar a confusiones. Pasamos a una escala de 1:100 a 1:50, 1:20, 1:10 o incluso 1:1.
     
    LP6: Preparación de la licitación, incluida la elaboración de las mediciones y presupuestos
    (Vorbereitung der Vergabe, einschließlich Ermitteln der Mengen und Aufstellen von verpreisten Leistungsverzeichnissen)
    Como su nombre lo describe, en esta fase debemos preparar todo para la empresa constructora. Necesitamos describir por escrito y con números y medidas reales todo el proyecto, especificar todos los materiales y cómo se distribuyen las partidas. Con esta descripción escrita, junto con los materiales desarrollados en la quinta fase, los constructores podrán recibir ofertas de los oficios y subcontratar. Al final de esta fase, debería poder disponerse de una estimación de costes precisa y que no se base en tablas ni en suposiciones, sino en ofertas reales de los constructores y oficios.
     
    LP7: Participación en el proceso de licitación, incluida la estimación de costes.
    (Mitwirkung bei der Vergabe incluido Kostenanschlag)
    Esta fase consiste principalmente en la adjudicación del contrato. Puede haber conversaciones entre los oficios y los arquitectos, negociaciones, aclaraciones y al final de esta fase todo debería estar listo para empezar a construir.
     
    LP8: Dirección de Obra
    (Objektüberwachung — Bauüberwachung und Dokumentation)
    Literalmente, supervisión de obra: supervisión y documentación de la edificación. Esta es una de las partes más importantes de los servicios del arquitecto: la supervisión de la obra. Durante esta fase, el supervisor de obra debe asegurarse de que todo se haga exactamente como lo especifica el proyecto, pero también, como lo exigen las normas legales, y por su importancia, puede llevarse la mayor parte de los honorarios de un arquitecto según la HOAI.
     
    LP9: Supervisión el edificio y seguimiento de las garantías
    Objektbetreuung inklusive Gewährleistungsverfolgung
    Esta es la llamada fase de documentación. Estos documentos serán sobre todo utilizados por el cliente y las autoridades para asegurarse de que lo construido corresponde a lo planeado. Hasta el final de esta fase, la garantía se aplica y cualquier defecto o problema que surja de la construcción deberá ser corregido por los oficios.
     
     


    f) Informe económico, Planes de inversión

    Guía país. Alemania 2022
    Guía país sobre Alemania que proporciona datos generales sobre su situación político-económica, principales sectores, comercio exterior y oportunidades de negocio, e inversión.

     


    g) Otros

    Ver Crónicas de Corresponsales publicadas 

    > Crónicas de Corresponsales:
    1 Munich Sofía Sanchez Urbano 2019 (1)
    2 Hamburgo Gabriela Orduña 2019 (1)
    3 Hamburgo Gabriela Orduña 2020 (2)
    4 Munich Sofía Sanchez Urbano (2) 2019
    5 Munich Sofía Sanchez Urbano (3) 2018
    6 Munich Sofía Sanchez Urbano (4) 

     

  • DIRECCIONES DE INTERÉS

    CORRESPONSALES COAM 2024

    Berlin: Ignacio Borrego Gómez – Pallete
    Munich: María Bona Gallego

    CORRESPONSALES COAM 2018 – 2019

    Berlin:        Ana María Salinas
    Hamburgo:    Gabriela Orduña
    Munich:      Sofía Sanchez

    > Ver Crónicas de Corresponsales publicadas 
     


    ORGANISMO REGULADOR:

    Bundesarchitektenkammer BAK:
    Askanischer Platz, 4 D – 10963 Berlin
    Tel : + 49 30 – 26 39 44 – 62
    Email : info@bak.de
    Web site : http://www.bak.de/

     


    ENLACES PROFESIONALES:

    Bund Deutscher Architekten BDA:

    Köpenicker Straße48/49 – D-10179 Berlin
    Tel : +49 30 27 87 990
    Fax : +49 30 27 87 99 15
    Email : kontakt@bda-bund.de
    Web site : https://www.bda-bund.de
     
    Bund Deutscher Baumeister Architekten und Ingenieure BDB:

    Willdenowstraße 6 – D – 12203 Berlin
    Tel : + 49 30 841 89 70
    Fax : +49 30 84 1 89 722
    Email : info@baumeister-online.de
    Web site : http://www.baumeister-online.de/
     
    Vereinigung Freischaffender Architekten VFA:

    Turmstrasse 33 – D – 10551 Berlin
    Tel : +49 30 39 49 40 -19
    Fax : + 49 30 49 40 39
    Email : info@vfa-architekten.de
    Web site : http://www.vfa-architekten.de

     


    EMBAJADAS Y CONSULADOS:

    Embajada de Alemania en Madrid:

    Dirección: Calle de Fortuny, 8, 28010 Madrid, España 
    Teléfono: +34 915 57 90 00 
    Horario: horario del jueves De 9:00 a 12:00
     
    Embajada de España en Alemania:

    Lichtensteinallee 1
    10787 Berlin
    correo: emb.berlin.inf@maec.es 

     


    OTROS:

    Oficina Económica y Comercial de la embajada de España en Berlin:
    LICHTENSTEINALLEE 1 
    10787 BERLIN 
    Teléfono/s: 0049302292134
     
    Cámara de Comercio Alemana para España (AHK)
    Puede informarse también en la bolsa de trabajo y en el Servicio de Recursos Humanos de la Cámara de Comercio Alemana para España en la siguiente páginas web: www.ahk.es/es/

     
    Instituto Cervantes:
    Rosenstrasse 18-19
    10178 Berlín – Alemania
    Tel.: +49 30 25 76 18 0
    Fax: +49 30 25 76 18 19
    www.cervantes.de 
     

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